Carta a la Corte Suprema por minería química
Carta a la Corte Suprema por minería química a cielo abierto
Fecha de Publicación: 13/11/2008
Autor del Artículo: ASANOA Tucumán
Provincia/Región: Nacional
San Miguel de Tucumán, 23 de octubre de 2008
Al Presidente de la
Corte suprema de Justicia de la Nación
Ricardo Lorenzetti
S---------------/-------------------D
Ref/Emergencia ambiental de la región y los efectos de la Minería a cielo abierto.-
El artículo 41 de la Constitución Nacional Argentina expresa en una de sus partes:
Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo.
Los Artículos 19, 20 y 21 de la ley general del ambiente invocan la participación ciudadana en decisiones que puedan afectar e impactar en el entorno que nos rodea.
Sin dudas Sr. Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, contamos con una legislación maravillosa en términos teóricos. Hemos incorporado tratados internacionales como los de la OIT entre algunas herramientas jurídicas.
Bien. Una vez mas parece claro que la realidad práctica difiere abismalmente de de lo que las leyes establecen como parámetro de acción permitidos.
Los que refrendamos la presente nota, quisimos entregarle este escrito en la oportunidad en la que usted visitó nuestra provincia. No pudimos hacerlo personalmente pues agentes de seguridad no nos permitieron acercarnos a su persona.
El objeto de este mensaje es manifestarle nuestra profunda preocupación por la visión y el tratamiento que recibe la problemática ambiental que afecta no solo a nuestra provincia sino también a las provincias de Catamarca, Salta, San Juan, La Rioja, Santiago del Estero, la Patagonia Argentina, y otras provincias. Tal vez podríamos haber nombrado a todas.
En estos tiempos, el auge del modelo de “minería química a cielo abierto” avanza desenfrenadamente en el territorio argentino. Las asambleas y autoconvocados rápidamente se han informado de todo aquello que trae como consecuencia este tipo de actividad.
No estamos en contra de la minería. Jamás lo estuvimos ni lo estaremos. Sabemos que hasta el teclado que sirvió de medio para redactar estas palabras, fue fabricado gracias a la actividad minera; entre otros tantos miles de productos. Sí estamos en contra de la minería química a cielo abierto contaminante. Esa minería que necesita desforestar para instalarse, remover millones de toneladas de roca destruyendo los paisajes dejando cráteres donde había montañas mediante la utilización de varias toneladas de dinamita. Estamos en contra de toda actividad (para no excluir a cualquier otra) que utiliza y contamina millones de litros diarios de agua pura disminuyendo así la posibilidad de que las poblaciones la obtengan con la simplicidad y pureza que podían antes de que se instalen estas empresas.
Repetimos: No estamos en contra de la minería, eso sería absurdo. Eso si, estamos totalmente en contra de la minería que destruye las economías regionales, la minería que contrabandea minerales y no le deja ni un peso al país, la minería que compra voluntades construyendo escuelas, remodelando hospitales, etc, etc…. ¿eso es responsabilidad social? Eso, desde nuestro punto de vista, es un intento villano de coimear conciencias. ¿Cómo puede ser que el vice-presidente de Minera Alumbrera (Julián Rooney) se encuentre procesado judicialmente por ser presunto autor penalmente responsable del delito de contaminación peligrosa para la salud previsto y penado por el art. 55 de la ley 24.051 y se permita que esta empresa siga funcionando ? Sabido es la complejidad que significa la investigación para la determinación de la responsabilidad penal por parte de una persona, y también que las dificultades aumentan cuando se trata de delitos ambientales puesto que en la instrucción será necesaria la intervención de recursos humanos con formación multidisciplinaria. Pero esta complejidad no es excusa para que no se respeten los plazos que se estipula en Código de Procedimiento Procesal Penal, si miramos la Causa, es inconcebible que desde que se realizo la denuncia por Juan Gonzáles en el año 1999, hayamos llegado hasta el corriente año esperando se continué con el proceso. Los magistrados están en una mora judicial evidente. Le compete a la justicia el control de la calidad de la administración de justicia y el ejercicio de la potestad disciplinaria.
El delito ambiental es un delito social, pues afecta las bases de la existencia social económico, atenta contra las materias y recursos indispensables para las actividades productivas y culturales, pone en peligro las formas de vida autóctonas en cuanto implica destrucción de sistemas de relaciones hombre – espacio.
Sepan aquellos que tienen la responsabilidad de administrar justicia que no hay distinción entre ciudadanos togados y los que no la llevan, estamos en una republica. Sepan también que en el ejercicio del derecho de peticionar y de la libre expresión, los ciudadanos exigimos la aplicación de la normativa punitoria y la celeridad en la resolución de los conflictos. Ya que minera Alumbrera viene comprobadamente contaminando (causa por la cual esta siendo procesado el señor Julián Rooney) nuestras tierras, como también las de Catamarca, Santiago del Estero y Córdoba, nos vemos obligados a advertir a las poblaciones sobre esta temática y sobre el futuro proyecto minero denominado “Agua Rica”, pronto a instalarse en los nevados del Aconquija, el cual sería aproximadamente 3 veces más grande que Minera Alumbrera. En esta ocasión, y por información obtenida de habitantes de Andalgalá (Catamarca), el proyecto minero “Filo Colorado” asecha esas tierras promoviendo ser aún más grande que Agua Rica.
Estar en contra de este tipo de elementos no es tomar una posición negativa, caprichosa, victimaria o cualquier otro adjetivo que se busque. Estar en contra de esto es estar a favor de la vida.
En un momento planetario tan delicado donde escasea el agua, el calentamiento global se incrementa segundo a segundo, la pobreza se extiende sobre más y mas personas, las enfermedades atacan a los niños, el hambre asecha a las poblaciones y tantas otras consecuencias del desenfrenado sistema económico mundial, la minería se sitúa como un personaje de inmensa responsabilidad en relación a todos estos efectos contaminadores. Una minera consume mínimamente 60.000 (sesenta mil) litros de agua por segundo, es decir, contamina en 1 segundo lo que una familia promedio podría utilizar en varios meses. Minera Alumbrera es el principal consumidor independiente de energía eléctrica del país, consumiendo el 80,2% de la energía de Tucumán. ¿Acaso no es absurdo que se nos pida cerrar el caño para que no gotee y apagar las luces innecesarias cuando estos monstruos consumen nuestros bienes naturales de manera excesivamente voraz? ¿A que estamos jugando? Nosotros haremos nuestra parte con conciencia. Pero, ¿acaso los mineros saben lo que realmente están ocasionando?
Por ello decimos desde lo más profundo de nuestra conciencia:
“Los ciudadanos del territorio argentino, decimos NO a la minería química con la modalidad a “cielo abierto” y a la minería radiactiva en todas sus modalidades (cielo abierto o por galerías). Pedimos la nulidad y derogación de la Ley de Inversiones Mineras (Ley Nacional 24.196) y normas complementarias. Exigimos la derogación y anulación por parte de la República Argentina del “Tratado de Integración Minero Argentino-Chileno”. Reclamamos el cierre definitivo y la recomposición del ambiente, según el art. 41 de la Constitución Nacional, de todas las minas abandonadas y aquellas que están funcionando y no respetan la ley general del ambiente (ley nº 25675). Pedimos previa autorización expresa para la utilización de recursos hídricos compartidos de las poblaciones de las provincias potencialmente afectadas por un emprendimiento minero que se expresarán por referéndum y demandamos la participación de la autoridad ambiental nacional en caso de efectos ínter-jurisdiccionales. Pedimos se respeten estrictamente los principios ambientales preventivo, precautorio y de sustentabilidad contenidos en la ley general del ambiente y la sanción de caducidad de las concesiones mineras en caso de incumplimiento. Reclamamos la detención y prisión de los empresarios mineros que contaminan el medio ambiente con sus delitos y la misma condena para los funcionarios públicos cómplices. Denunciamos los planes nucleares que se fomentan desde el gobierno y enriquecen a los empresarios mineros que desarrollan emprendimientos mineros radiactivos. Reclamamos expresa “Licencia Social” y participación ciudadana real y efectiva previas a los procesos de autorización de actividades mineras.
No somos ignorantes. Sabemos a quienes responde el gobierno nacional. Sin dudas, las necesidades reales del pueblo están muy por debajo del ambicioso modelo capitalista que intenta implementarse.
¿A qué costo? ¿Hasta cuando? ¿La justicia hará algo?
Esperamos, que usted, tal cual hizo su juramento antes de ocupar su cargo, haga justicia.
Pregúntele al pueblo como está, que necesita realmente. Allí encontrara los ladrillos y el cemento para construir el verdadero templo de la justicia.
La justicia en beneficio del Todo.
ASANOA Tucumán
(Asamblea Socio Ambiental del NOA)
asanoatucuman@yahoo.com.ar
Sí a la vida y a la dignidad. No al saqueo, destrucción y contaminación.
Fecha de Publicación: 13/11/2008
Autor del Artículo: ASANOA Tucumán
Provincia/Región: Nacional
San Miguel de Tucumán, 23 de octubre de 2008
Al Presidente de la
Corte suprema de Justicia de la Nación
Ricardo Lorenzetti
S---------------/-------------------D
Ref/Emergencia ambiental de la región y los efectos de la Minería a cielo abierto.-
El artículo 41 de la Constitución Nacional Argentina expresa en una de sus partes:
Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo.
Los Artículos 19, 20 y 21 de la ley general del ambiente invocan la participación ciudadana en decisiones que puedan afectar e impactar en el entorno que nos rodea.
Sin dudas Sr. Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, contamos con una legislación maravillosa en términos teóricos. Hemos incorporado tratados internacionales como los de la OIT entre algunas herramientas jurídicas.
Bien. Una vez mas parece claro que la realidad práctica difiere abismalmente de de lo que las leyes establecen como parámetro de acción permitidos.
Los que refrendamos la presente nota, quisimos entregarle este escrito en la oportunidad en la que usted visitó nuestra provincia. No pudimos hacerlo personalmente pues agentes de seguridad no nos permitieron acercarnos a su persona.
El objeto de este mensaje es manifestarle nuestra profunda preocupación por la visión y el tratamiento que recibe la problemática ambiental que afecta no solo a nuestra provincia sino también a las provincias de Catamarca, Salta, San Juan, La Rioja, Santiago del Estero, la Patagonia Argentina, y otras provincias. Tal vez podríamos haber nombrado a todas.
En estos tiempos, el auge del modelo de “minería química a cielo abierto” avanza desenfrenadamente en el territorio argentino. Las asambleas y autoconvocados rápidamente se han informado de todo aquello que trae como consecuencia este tipo de actividad.
No estamos en contra de la minería. Jamás lo estuvimos ni lo estaremos. Sabemos que hasta el teclado que sirvió de medio para redactar estas palabras, fue fabricado gracias a la actividad minera; entre otros tantos miles de productos. Sí estamos en contra de la minería química a cielo abierto contaminante. Esa minería que necesita desforestar para instalarse, remover millones de toneladas de roca destruyendo los paisajes dejando cráteres donde había montañas mediante la utilización de varias toneladas de dinamita. Estamos en contra de toda actividad (para no excluir a cualquier otra) que utiliza y contamina millones de litros diarios de agua pura disminuyendo así la posibilidad de que las poblaciones la obtengan con la simplicidad y pureza que podían antes de que se instalen estas empresas.
Repetimos: No estamos en contra de la minería, eso sería absurdo. Eso si, estamos totalmente en contra de la minería que destruye las economías regionales, la minería que contrabandea minerales y no le deja ni un peso al país, la minería que compra voluntades construyendo escuelas, remodelando hospitales, etc, etc…. ¿eso es responsabilidad social? Eso, desde nuestro punto de vista, es un intento villano de coimear conciencias. ¿Cómo puede ser que el vice-presidente de Minera Alumbrera (Julián Rooney) se encuentre procesado judicialmente por ser presunto autor penalmente responsable del delito de contaminación peligrosa para la salud previsto y penado por el art. 55 de la ley 24.051 y se permita que esta empresa siga funcionando ? Sabido es la complejidad que significa la investigación para la determinación de la responsabilidad penal por parte de una persona, y también que las dificultades aumentan cuando se trata de delitos ambientales puesto que en la instrucción será necesaria la intervención de recursos humanos con formación multidisciplinaria. Pero esta complejidad no es excusa para que no se respeten los plazos que se estipula en Código de Procedimiento Procesal Penal, si miramos la Causa, es inconcebible que desde que se realizo la denuncia por Juan Gonzáles en el año 1999, hayamos llegado hasta el corriente año esperando se continué con el proceso. Los magistrados están en una mora judicial evidente. Le compete a la justicia el control de la calidad de la administración de justicia y el ejercicio de la potestad disciplinaria.
El delito ambiental es un delito social, pues afecta las bases de la existencia social económico, atenta contra las materias y recursos indispensables para las actividades productivas y culturales, pone en peligro las formas de vida autóctonas en cuanto implica destrucción de sistemas de relaciones hombre – espacio.
Sepan aquellos que tienen la responsabilidad de administrar justicia que no hay distinción entre ciudadanos togados y los que no la llevan, estamos en una republica. Sepan también que en el ejercicio del derecho de peticionar y de la libre expresión, los ciudadanos exigimos la aplicación de la normativa punitoria y la celeridad en la resolución de los conflictos. Ya que minera Alumbrera viene comprobadamente contaminando (causa por la cual esta siendo procesado el señor Julián Rooney) nuestras tierras, como también las de Catamarca, Santiago del Estero y Córdoba, nos vemos obligados a advertir a las poblaciones sobre esta temática y sobre el futuro proyecto minero denominado “Agua Rica”, pronto a instalarse en los nevados del Aconquija, el cual sería aproximadamente 3 veces más grande que Minera Alumbrera. En esta ocasión, y por información obtenida de habitantes de Andalgalá (Catamarca), el proyecto minero “Filo Colorado” asecha esas tierras promoviendo ser aún más grande que Agua Rica.
Estar en contra de este tipo de elementos no es tomar una posición negativa, caprichosa, victimaria o cualquier otro adjetivo que se busque. Estar en contra de esto es estar a favor de la vida.
En un momento planetario tan delicado donde escasea el agua, el calentamiento global se incrementa segundo a segundo, la pobreza se extiende sobre más y mas personas, las enfermedades atacan a los niños, el hambre asecha a las poblaciones y tantas otras consecuencias del desenfrenado sistema económico mundial, la minería se sitúa como un personaje de inmensa responsabilidad en relación a todos estos efectos contaminadores. Una minera consume mínimamente 60.000 (sesenta mil) litros de agua por segundo, es decir, contamina en 1 segundo lo que una familia promedio podría utilizar en varios meses. Minera Alumbrera es el principal consumidor independiente de energía eléctrica del país, consumiendo el 80,2% de la energía de Tucumán. ¿Acaso no es absurdo que se nos pida cerrar el caño para que no gotee y apagar las luces innecesarias cuando estos monstruos consumen nuestros bienes naturales de manera excesivamente voraz? ¿A que estamos jugando? Nosotros haremos nuestra parte con conciencia. Pero, ¿acaso los mineros saben lo que realmente están ocasionando?
Por ello decimos desde lo más profundo de nuestra conciencia:
“Los ciudadanos del territorio argentino, decimos NO a la minería química con la modalidad a “cielo abierto” y a la minería radiactiva en todas sus modalidades (cielo abierto o por galerías). Pedimos la nulidad y derogación de la Ley de Inversiones Mineras (Ley Nacional 24.196) y normas complementarias. Exigimos la derogación y anulación por parte de la República Argentina del “Tratado de Integración Minero Argentino-Chileno”. Reclamamos el cierre definitivo y la recomposición del ambiente, según el art. 41 de la Constitución Nacional, de todas las minas abandonadas y aquellas que están funcionando y no respetan la ley general del ambiente (ley nº 25675). Pedimos previa autorización expresa para la utilización de recursos hídricos compartidos de las poblaciones de las provincias potencialmente afectadas por un emprendimiento minero que se expresarán por referéndum y demandamos la participación de la autoridad ambiental nacional en caso de efectos ínter-jurisdiccionales. Pedimos se respeten estrictamente los principios ambientales preventivo, precautorio y de sustentabilidad contenidos en la ley general del ambiente y la sanción de caducidad de las concesiones mineras en caso de incumplimiento. Reclamamos la detención y prisión de los empresarios mineros que contaminan el medio ambiente con sus delitos y la misma condena para los funcionarios públicos cómplices. Denunciamos los planes nucleares que se fomentan desde el gobierno y enriquecen a los empresarios mineros que desarrollan emprendimientos mineros radiactivos. Reclamamos expresa “Licencia Social” y participación ciudadana real y efectiva previas a los procesos de autorización de actividades mineras.
No somos ignorantes. Sabemos a quienes responde el gobierno nacional. Sin dudas, las necesidades reales del pueblo están muy por debajo del ambicioso modelo capitalista que intenta implementarse.
¿A qué costo? ¿Hasta cuando? ¿La justicia hará algo?
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