Fecha a la limpieza del Riachuelo

La Justicia le puso fecha a la limpieza del Riachuelo

Fecha de Publicación: 24/09/2009
Fuente: Crítica Digital
Provincia/Región: Buenos Aires


A tres años del fallo de la Corte Suprema, el juzgado a cargo del control ratificó que en un poco más de un mes tienen que comenzar las obras en la cuenca.
El juzgado que tiene a su cargo la ejecución del fallo de la Corte que ordenó sanear la cuenca Matanza-Riachuelo ratificó que antes del 1° de noviembre próximo deberán comenzar las obras de limpieza de las márgenes de esa vía hídrica y advirtió que aplicará multas a los funcionarios y organismos estatales en caso de incumplimiento.
El Juzgado Federal de Quilmes, a cargo de Luis Armella, dictó la resolución que dispone que la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) deberá comenzar con las obras, que deberán estar acompañadas de un informe con "la identificación y estudio de cada zona problemática de la cuenca que no haya sido incluida en anteriores presentaciones".
De esa manera, el tribunal apunta a que la limpieza de los márgenes de la cuenca sea realizada en su totalidad, según un organigrama que la propia ACUMAR deberá entregar al juez.
El juez quilmeño recordó que el fallo de la Corte que ordenó el saneamiento del Riachuelo fue dictado hace más de tres años, "con lo cual la Autoridad obligada a esta altura de los hechos debería, a todas luces, tener absolutamente relevada toda la zona de influencia de la Cuenca Hídrica".
Armella explicó que el saneamiento implica que los propietarios ribereños no podrán "realizar en ese espacio público construcción alguna, ni reparar las ya existentes, ni deteriorar el terreno".
Para ello, recordó jurisprudencia reciente que sostiene que los dueños de tierras aledañas a las riberas de los ríos “están obligados a dejar una calle o camino público de 35 metros hasta la orilla cuando los ríos o caminos sirven a la comunicación por agua, tanto para la navegabilidad como para la flotabilidad”.
Armella subrayó que esas obligaciones para los dueños de esos terrenos "no conlleva una extinción o pérdida de dominio de lospropietarios de las tierras oriundas a una ribera, sino que seconstituye como una limitación y restricción al dominio privado de los mismos, en miras a objetivos de carácter público".
"Queda de resalto el respeto a la propiedad privada y los derechos que de ella surgen, pero también debe respetarse con la misma igualdad, el interés público que persigue esta ejecución de sentencia, que resulta ser la recomposición del ambiente en la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo, la mejora de calidad de vida de los habitantes de la mismas y la prevención de daños con suficiente y razonable grado de predicción", resumió el juez.

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