Pobres Mineras... III

Retenciones a la minería: perjuicio para el desarrollo de Catamarca y de la Nación

Fecha de Publicación: 18/01/2008
Fuente: Diario C


La Asociación de Empresas Mineras de Catamarca siente y manifiesta profunda preocupación por la implementación de las llamadas “Retenciones a las Exportaciones Mineras”, aplicadas contra las disposiciones de la ley vigente (ley nacional 24.196) a proyectos mineros con estabilidad fiscal otorgada por el Estado Argentino con anterioridad a la vigencia de este impuesto; las cuales atentan contra el desarrollo de la industria y sus actividades indirectas en todo el territorio nacional y perjudican directamente a la provincia de Catamarca y su gente.
La actividad minera, en todas sus etapas (prospección, exploración, construcción y explotación) genera inversiones y notorios movimientos económicos en todas las localidades y provincias donde se desarrolla.
La Asociación de Empresas Mineras manifiesta su enérgico rechazo a una decisión que pone en serio riesgo una actividad que en muchos casos es la única opción de desarrollo para poblaciones hasta hoy postergadas y alejadas de toda asistencia o ayuda centralista.
Estas medidas, adoptadas sin debate, análisis o consenso, perjudican no sólo el desarrollo de los emprendimientos mineros y sus empleados, sino también a proveedores locales y regionales, profesionales, técnicos y operarios, y a la provincia de Catamarca, a la que la minería le posibilitó escalar desde puesto 11 del ranking de provincias exportadoras a l puesto número 4 en 2006.
La exportación tiene relación directa con la contribución de las provincias a la recaudación Nacional. Sin perjuicio de ello, el Estado Nacional, en vez de premiar o compensar la explotación de “recursos no renovables” propiedad de la provincia, la relega recaudando a expensas de los ingresos y del desarrollo de la misma.
En síntesis, resulta injustificable una acción que produce ya hoy las siguientes consecuencias para nuestro país y nuestra provincia:

1.- Se perjudicó seriamente la imagen de la Argentina en el tema minero, imagen que era apreciada y considerada una política minera consensuada, una “Política de Estado” (tal como expresamente la declarara el Dr. Kirchner en el año 2004), donde las pautas de trabajo perduraban y superaban los periodos de gobierno.
2.- Se generó inseguridad jurídica e inestabilidad fiscal, ya que es un gravamen sin respaldo legal.
3.- Inversiones por más de ocho mil millones de dólares en el país, en proyectos ya avanzados, han sido puestas en duda.
4.- Se suspendieron inversiones en prospección y exploración y se desviarán hacia países con reglas y políticas claras: Perú, Chile y Brasil, entre otros.
5.- Disminuirán las reservas mineras y vida útil de los yacimientos en explotación, debido a que éstos se verán afectados por el parámetro económico-minero denominado Ley de Corte: ley mineral cuyo costo de extracción y procesamiento no deja margen de ganancia. Las retenciones, al ser un costo adicional, incrementarán la Ley de Corte y reducirán las reservas factibles de explotación.
6.- Se impactará negativamente la demanda de mano de obra directa y los requerimientos a proveedores de bienes y servicios (otra reducción de la demanda de empleo); componentes económicos indirectos que generan impuestos provinciales y nacionales, coparticipables y retribuibles a la Provincia.

La economía de la provincia de Catamarca y de sus Municipios se verá severamente afectada con esta medida Nacional. Basta citar que:

1.- Reducirá en más de 80 millones de pesos anuales los aportes realizados por YMAD a Catamarca como parte societaria de la UTE con Minera Alumbrera. La pérdida total de la provincia a lo largo de la explotación de Bajo de la Alumbrera será mayor a los 700 millones de pesos, equivalentes a dos mega proyectos de infraestructura como el dique El Bolsón o más de 18.000 viviendas. Estos fondos irán ahora, sin justificación alguna, a la Nación.
2.- Así, el Estado Nacional habrá creado un impuesto adicional que implicará una menor recaudación que la que podría generar el desarrollo de los proyectos mineros ahora puestos en duda.
3.- Disminuirá en igual proporción las regalías que percibe la Provincia por la explotación del recurso, ya que al valor “boca mina” se le deducen todos los costos de operación inherentes a los procesos de beneficio y comercialización.
4.- Afectará la potencialidad minera de la provincia, inhibiendo las inversiones en prospección, exploración y, principalmente, la de proyectos factibilizados y en explotación.

Así, está visto y demostrado que el impuesto aplicado por el Estado Nacional, en contra de la legislación aplicable, afectará negativamente a la industria minera, a la provincia de Catamarca, a las restantes provincias mineras y a nuestro país.

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