Respaldo empresarial a Rooney

En la Minera consideran que el fallo contra Rooney tiene origen político

Fecha de Publicación: 01/06/2008
Fuente: La Gaceta
Provincia/Región: Tucumán


Ratifican que les parece sorpresivo el procesamiento contra el vicepresidente de la firma. Mentz, gerente de Asuntos Provinciales, dijo que la ley en la que se basó el fallo judicial no es de aplicación en la actividad. EXPLOTACION. Los directivos de la firma aseguran que cuentan con permisos de vuelco de los efluentes.
La Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) resaltó ayer, a través de un comunicado, que la industria minera es la única en el país que cuenta con una ley de protección ambiental. “Por esta razón se destaca como sector responsable en el cumplimiento de las normas ambientales argentinas”, señalaron.
Las autoridades de la empresa Minera Alumbrera Limitada expresaron su sorpresa por el reciente fallo por el que se dispuso el procesamiento -sin prisión preventiva- del vicepresidente de la firma, Julián Rooney.
La Cámara Federal de Apelaciones consideró a Rooney supuesto autor responsable del delito de contaminación peligrosa para la salud, previsto por el artículo 55 de la Ley Nº 24.051 (Residuos Peligrosos). Sin embargo, Raúl Mentz, gerente de Asuntos Provinciales de la empresa, resaltó ayer que esa ley con la que se fundamentó el fallo no es de aplicación. “La resolución 1265 del Siprosa es la que regula la descarga de efluentes en el canal DP2 (ubicado ubicado en Cruz Alta)”, aseguró.
Los camaristas Ernesto Wayar (presidente), Graciela Fernández Vecino y Raúl David Mender sostuvieron que “se encontraría demostrada la realización de una actividad contaminante del agua a través del derrame de efluentes industriales -sin previo tratamiento de descontaminación- en el curso del canal DP2”. En tanto que el vocal Ricardo Sanjuán, se expresó en disidencia, mientras que Marina Cossio de Mercau se encontraba en uso de licencia.
“Nos sorprende el fallo, porque la causa estuvo dormida cuatro años; mientras que la descarga de efluentes fue auditada por la Dirección de Minería y por el Siprosa”, remarcó.
Mentz aseguró que hay estudios realizados por el Instituto Nacional del Agua (INA) y por el Servicio Geológico Minero Argentino (Segemar) que no señalaron problemas. Mencionó, incluso, que Yacimientos Mineros Aguas de Dionisio (YMAD) también hizo los análisis respectivos y ahora aparece -insistió- un fallo que no tiene una referencia real. “El cobre es un commodity (cotiza en Bolsas internacionales), y para eso debe cumplir reglamentaciones no sólo del país donde se explota, sino también internacionales”, afirmó.
Mentz deslizó que el fallo tendría un origen político. “Es sugestivo que la persona que a la que se imputa (Rooney) sea la misma que hace los planteos al Gobierno nacional por las retenciones a la industria minera”, dijo.
El gerente precisó que desde diciembre de 2007, la empresa paga un impuesto nacional por las exportaciones, siendo que debe estar exenta en materia fiscal durante un período de 30 años.

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